PROY NOM-008-NUCL-2020, Límites de contaminación radiactiva y criterios para su control.

En las instalaciones radiactivas y nucleares, donde exista o pueda existir contaminación radiactiva, se presenta una vía adicional de exposición para el personal ocupacionalmente expuesto, por lo que, para reducir ésta a niveles aceptables, es necesario:
0.1 Establecer previsiones en el diseño que permitan controlar la dispersión de la contaminación radiactiva durante la operación, el cese de operaciones, y el cierre de las instalaciones y faciliten las actividades de descontaminación.
0.2 Que, durante la operación, el cese de operaciones y el cierre de las instalaciones se establezcan controles y límites derivados tanto para la contaminación superficial como para la suspendida en aire, complementados con planeaciones y permisos de trabajo en zonas controladas.
0.3 Establecer una vigilancia de la contaminación radiactiva antes, durante y después de los procesos que involucren el manejo de material radiactivo.
 
En esta norma se establecen requisitos para la implementación de las acciones referidas en los numerales (0.2) y (0.3).
1. Objetivo y campo de aplicación
1.1 Objetivo
Establecer los límites derivados de contaminación radiactiva y los criterios bajo los cuales se deben implementar los controles que permitan minimizar la exposición del personal ocupacionalmente expuesto a la contaminación radiactiva superficial y a la suspendida en aire.
1.2 Campo de aplicación
La presente norma es de aplicación en aquellas instalaciones radiactivas y nucleares donde exista o pueda existir contaminación radiactiva.