STPS - Días inhábiles 2021

PRIMERO. Para efectos de los actos y procedimientos administrativos de inspección y vigilancia e imposición de sanciones que, en ejercicio de sus atribuciones, realizan la Dirección General de Asuntos Jurídicos, la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo y de las Oficinas de Representación Federal del Trabajo en las entidades federativas, así como de los procedimientos de registro de asociaciones que se tramitan en la Dirección General de Registro de Asociaciones, se considerarán como inhábiles, en términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, los siguientes días:
 
Del 15 al 30 de julio de 2021
Del 13 de diciembre de 2021 al 03 de enero de 2022
 
SEGUNDO. Durante los periodos y días señalados en el artículo anterior, no se computarán los plazos y términos correspondientes en los Procedimientos Administrativos de Inspección y Vigilancia e Imposición de Sanciones que se substancien en la Dirección General de Asuntos Jurídicos, la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo y de las Oficinas de Representación Federal del Trabajo en las entidades federativas, así como de los procedimientos de registro de asociaciones que se tramiten en la Dirección General de Registro de Asociaciones.
En cuanto a los procedimientos de registro de asociaciones, también le será aplicable el "Acuerdo por el que se da a conocer el calendario de suspensión de labores de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y su órgano administrativo desconcentrado, para el año 2021.
Lo anterior y de conformidad con el artículo 28 del Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones, Se podrán habilitar los días y horas que resulten necesarios durante los periodos referidos en el numeral anterior, a consideración del titular de la Unidad Administrativa competente de esta Secretaría, a fin de proveer los asuntos cuya urgencia y relevancia lo ameriten.

FUENTE: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5610862&fecha=04/02/2021