Simplificación administrativa y nuevos formatos RETC

Artículo Primero.- Se dan a conocer los formatos oficiales de los trámites a cargo de la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes que a continuación se indican:
Nombre de los formatos:
I.     FF-SEMARNAT-114 Autorización para utilizar o aplicar materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativas a las establecidas en las Normas Oficiales Mexicanas en materia de Contaminación Atmosférica. Modalidad A.
II.     FF-SEMARNAT-115 Estudio justificativo de características especiales para ductos y chimeneas.
Los formatos antes indicados aplicarán para los trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios, que a continuación se indican:
1.     FF-SEMARNAT-114, para el trámite SEMARNAT-05-005-A Autorización para utilizar o aplicar materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativas a las establecidas en las Norma Oficiales Mexicanas en materia ambiental de Contaminación Atmosférica. Modalidad A.
2.     FF-SEMARNAT-115, para el trámite SEMARNAT-05-007 Estudio justificativo de características especiales para ductos y chimeneas.
Los formatos que se señalan en el presente artículo, se incluyen en el Anexo Único del presente Acuerdo.
Artículo Segundo.- La Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, unidad administrativa a cargo de los trámites SEMARNAT-05-005-A Autorización para utilizar o aplicar materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativas a las establecidas en las Norma Oficiales Mexicanas en materia ambiental de Contaminación Atmosférica. Modalidad A, y SEMARNAT-05-007 Estudio justificativo de características especiales para ductos y chimeneas, deberá tener a disposición de quienes los realicen, el presente Acuerdo y los formatos vigentes publicados en el Diario Oficial de la Federación a que se refiere el Artículo Primero del presente Acuerdo.
Los formatos e instructivos contenidos en el Anexo Único del presente Acuerdo podrán reproducirse por cualquier medio, para que los interesados los utilicen en los trámites a que se refiere este Acuerdo, siempre y cuando no se altere su contenido.
El Espacio de Contacto Ciudadano de la Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental, deberá proporcionar la orientación e información necesaria para la realización de los trámites.
Artículo Tercero.- Se transforma en Aviso el trámite identificado con la Homoclave SEMARNAT-05-004, Combustión a cielo abierto.
Artículo Cuarto.- Se pone a disposición del público en general el correo electrónico combustionacieloabierto@semarnat.gob.mx para que los interesados remitan a la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, el aviso a que se refiere el Artículo Tercero del presente Acuerdo.
Para efectos de lo anterior, los interesados manifestarán su aceptación de recibir notificaciones a través del correo electrónico que determinen para tal efecto, en términos del artículo 35, fracción II de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
TRANSITORIOS
Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, por lo que a partir de su entrada en vigor deberán utilizarse los formatos a que se refiere el presente instrumento.
Segundo.- Los trámites ingresados con anterioridad a la publicación del presente Acuerdo, se resolverán de conformidad con la normatividad aplicable vigente en el momento de su presentación.
Ciudad de México, a 28 de agosto de 2020.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Víctor Manuel Toledo Manzur.- Rúbrica.
 
 
COMENTARIO CATEHE: La publicación oficial hace referencia a un "Anexo Único" donde debería estar los nuevos formatos, sin embargo, no fue publicado, esperamos que la autoridad los publique a la brevedad